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reforma hipotecaria 2015

Cómo afectan las nuevas medidas hipotecarias a los mayores de 60 años

Las modificaciones legales y la jurisprudencia en materia de hipotecas están cambiando el escenario para aumentar la protección de los hipotecados y es importante estar al día de todas las novedades. Estas medidas aún son insuficientes, porque los requisitos impiden que estas soluciones de puedan aplicar de manera generalizada y hay que leer siempre la letra pequeña porque no siempre es oro todo lo que reluce, pero poco a poco se va ampliando el abanico.

Para intentar aclarar dudas y arrojar un poco más de luz sobre el pantanoso terreno de los reales decretos y las hipotecas, hoy vamos a centrarnos en analizar cómo afectan las últimas modificaciones legales en materia hipotecaria al colectivo de los mayores de 60 años.

Inclusión de los mayores de 60 entre los colectivos vulnerables

Entre las nuevas medidas hipotecarias previstas en el Real Decreto-Ley 1/2015, del 27 de febrero, se encuentra la inclusión automática de los mayores de 60 años dentro del grupo de personas en riesgo de exclusión social.

¿Esto qué quiere decir? Que, desde la entrada en vigor de este real decreto que modifica la Ley 1/2013 del 14 de mayo, de manera directa las personas mayores de 60 años pasan a formar parte de los colectivos en situación de especial vulnerabilidad por la crisis. Y que, por tanto, con independencia del cumplimiento de otros requisitos para poder entrar en este grupo de personas en riesgo de exclusión, como puedan ser los ingresos, pueden beneficiarse de las medidas o garantías que buscan aumentar la protección de los hipotecados más vulnerables.

Vamos a ver a continuación cuáles son exactamente esos beneficios o nuevos derechos a los que ahora pueden acceder más fácil y directamente las personas mayores de 60 años.

reformas ley hipotecaria

Aplazamiento de los desahucios hasta mayo de 2017

La primera novedad prevista en el nuevo real decreto es la ampliación del plazo para la suspensión de desahucios o lanzamientos de personas en peligro de exclusión social.

En el año 2013, el Gobierno ya decretó la paralización de los desahucios a aquellos hipotecados que cumplieran los requisitos para entrar en el grupo de colectivos vulnerables durante dos años, hasta mayo de 2015. Ahora ese plazo se amplía y la suspensión de los desahucios se prorroga hasta mayo de 2017, es decir, dos años más.

Con su inclusión automática en el grupo de personas en peligro de exclusión, los mayores de 60 años podrán acogerse directamente a esta moratoria, garantizando su derecho a no tener que dejar su vivienda al menos durante los dos próximos años, hasta el 1 de mayo de 2017.

En cualquier caso, la ley garantiza esta moratoria para las viviendas habituales, es decir, aquellas donde la unidad familiar resida en el día a día, no para las segundas residencias.

Acceso a las medidas previstas en el Código de Buenas Prácticas

La inclusión de los mayores de 60 años en el grupo de personas en peligro de exclusión social facilita asimismo a este colectivo acogerse a las posibilidades previstas en el Código de Buenas Prácticas Bancarias y establecidas en el real decreto 6/2012, como la reestructuración de la deuda, quitas, dación en pago, alquileres sociales o anulación de la cláusula suelo.

Aquí nos topamos nuevamente con la letra pequeña, porque estas posibilidades incluidas en el Código de Buenas Prácticas Bancarias no son de obligado cumplimiento por parte de los bancos. Es decir, que más que unas medidas imperativas representan un toque de atención y apelan a la responsabilidad de las entidades bancarias para procurar unas mejores condiciones a aquellos colectivos especialmente vulnerables por la crisis, por lo que estas garantías son bastante relativas y no una posibilidad 100{3b59ca797ca2d979371a9f97b180947edaf60ac1fff5c101f31a769b6bf68552} real, al menos en todos los casos.

¿Cualquier persona de más de 60 se puede beneficiar?

No. Por eso decíamos que es importante conocer la letra pequeña. La nueva ley hace referencia a los “deudores” mayores de 60 años. Esto es que, para poder beneficiarse de las nuevas medidas hipotecarias, la persona mayor de 60 años debe ser titular o cotitular de la hipoteca de la vivienda y ostentar, de esta manera, la titularidad de la deuda.

Es decir, que esta medida no ofrece garantías a aquellos mayores de 60 años que formen parte de una unidad familiar y que residan en una vivienda de la que no sean propietarios, porque en cualquier caso el “deudor” sería el titular del préstamo hipotecario de dicho inmueble.

¿Cómo afectan estas medidas a los avalistas?

El nuevo real decreto no hace ninguna referencia expresa a la situación de los avalistas mayores de 60 años, pero con la ley en la mano y atendiendo a esa mayor protección que se concede a este colectivo, las nuevas medidas abrirían la puerta para que, aquellas personas de más de 60 años que respondan con sus viviendas por las hipotecas por ejemplo de sus hijos, tengan más facilidades para exigir la paralización de cualquier actuación contra su casa y para poder recuperar los derechos que perdieron al firmar el aval, al menos hasta 2017.

Es decir, en estos casos, el banco podría arremeter contra la vivienda avalada, pero lo tendría mucho más complicado para ejecutar la vivienda del avalista si éste es mayor de 60 años.

¿Y si no soy mayor de 60 años?

La consideración de los mayores de 60 años como colectivo de especial vulnerabilidad no es la única novedad relacionada con las hipotecas que recoge el nuevo real decreto.

Entre otras nuevas medidas hipotecarias, esta reciente normativa flexibiliza los requisitos para entrar a formar parte del grupo de personas en riesgo de exclusión social, incrementando los límites de los ingresos de la unidad familiar y elevando el límite de precio de adquisición de los inmuebles que pueden beneficiarse de las medidas incluidas en el citado Código de Buenas Prácticas, temas que analizaremos con un mayor detalle próximamente en el blog de DTH.

En cualquier caso, y como venimos insistiendo desde Descubre Tu Hipoteca, cada hipoteca es un mundo. Cada caso es cada caso y por eso es importante que conozcas cuál es exactamente la situación de tu préstamo hipotecario, qué tipo de cláusulas incluye y cuáles son tus opciones para poder intentar conseguir unas condiciones más justas.

7 Responses

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  3. julio

    Buenos diasUna consulta
    tengo 63 años en casa atualente entran 1700€ una hipoteca de 985€ que la tiene o gestiona Anticipa
    me veo on mucha dificultad para el pago pues me tuve ue prejubilar por falta de trabajo era autonomo
    puedo pedir una ampliacion de tiempo me quedan 8 años ampliarla a 12 para que me quede una cuora accseible a mis posibilidades
    gracias

    1. Hola Julio,
      Puede que tu hipoteca tenga alguna clausula que podría ser negociable, y más si contrataste tu hipoteca hace más de 4 años.
      Ponte en contacto con nosotros y te hacemos un estudio gratuito, así sabrás si tienes la oportunidad de rebajar tu cuota.
      Puedes llamarnos al teléfono gratuito 900 10 20 37 y estudiaremos tu caso a fondo.
      Un abrazo

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  6. domingo

    El director de mi oficina bancaria al vet mi casa que no puedo pagar en el ordenador me dijo que la queria para el
    No puedo hacer nada ante este abuso de poder gracias

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