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Seguros relacionados con una hipoteca: ¿Tengo que contratar el seguro de hogar y el de vida con el banco?

¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar y un seguro de vida para poder acceder a un préstamo hipotecario? Seguramente es algo que das prácticamente por hecho, como tantas otras cuestiones relacionadas con tu hipoteca. Pero no es así. Te contamos todo lo que debes saber sobre los seguros relacionados con una hipoteca.

Con carácter general, la legislación no obliga al deudor hipotecario a contratar un seguro sobre una vivienda hipotecada. Ahora bien, esta condición sí que es una baza con la que siempre juegan los bancos a la hora de aprobar o rechazar la concesión de un préstamo hipotecario.

El banco no puede obligarte a contratar un seguro

En cualquier caso, tu banco no puede obligarte de ninguna de las maneras a contratar dicho seguro con una determinada compañía aseguradora. Lo prohíbe la legislación española y lo prohíbe asimismo la Unión Europea, aunque es una práctica habitual ante la desinformación de los usuarios. Por eso, es fundamental que conozcas tus derechos.

Las entidades bancarias obviamente barren para casa e incluyen los seguros dentro de su oferta. La falta de cultura financiera en general, e hipotecaria en particular, se traduce en que muchos hipotecados se quedan con lo que les dice el banco y aceptan todas sus condiciones.

Más que «obligarte» como tal a contratar tus seguros con una determinada compañía, la práctica habitual del banco es ofrecerte dicha contratación vinculada al préstamo hipotecario, como si no hubiera otra opción o, en su caso, ofrecerte ciertas bonificaciones en tu hipoteca ligadas a la contratación de un determinado seguro. No obstante, valora bien en qué se traducen realmente dichas bonificaciones porque perfectamente podría darse el caso de que no compensen la diferencia de contratar los seguros con una aseguradora ajena al banco.

Ante todo, debes saber que estás en tu perfecto derecho de elegir contratar tus seguros con la compañía que tú quieras. Y esto vale tanto para los seguros de daños del hogar como para los seguros de vida.

Igualmente, en el caso de que inicialmente hayas contratado algún seguro relacionado con tu préstamo hipotecario con la compañía aseguradora de tu banco, estás en tu derecho de no renovar ese contrato y cambiar de compañía. Eso sí, revisa bien qué es lo que has firmado exactamente porque conocer la letra pequeña, esa que suele pasarse por alto, es fundamental.

los bancos pueden obligar a contratar un seguro

¿Pueden los bancos obligar a contratar un seguro asociado a la vivienda?

Tipos de seguros relacionados con un préstamo hipotecario

¿Conoces en qué se basan y cuáles son las características generales de los distintos tipos de seguros relacionados con una hipoteca?

Seguro de hogar o seguro de daños sobre la vivienda hipotecada

A la hora de concedernos o no un préstamo hipotecario, el banco puede ponernos como condición la contratación de un seguro contra daños por un importe equivalente al valor de tasación de la vivienda para cubrirse las espaldas ante cualquier contingencia que pueda afectar al inmueble y salvaguardar así la vivienda como garantía del préstamo hipotecario.

Este tipo de seguro tiene por finalidad indemnizarnos por los posibles daños que pueda sufrir la vivienda hipotecada derivados de las causas establecidas en el contrato de seguro de daños, como pueda ser un incendio, una inundación, etc. En este caso, el banco tiene derechos sobre la indemnización que podamos percibir, pero no así sobre las indemnizaciones vinculadas a otro tipo de coberturas relacionadas con la vivienda, como por ejemplo el contenido.

Seguro de amortización de préstamos o seguro de vida

El seguro de amortización o seguro de vida es otro de los seguros relacionados con una hipoteca que el banco suele poner como condición para dar luz verde a un préstamo y que intentará que contratemos con su propia aseguradora, ya que este seguro protege a la entidad ante el posible impago derivado del fallecimiento o la incapacidad del deudor hipotecado.

Con la contratación de este tipo de seguro, la compañía aseguradora asume el pago de la cantidad pendiente de amortizar por parte del asegurado (y deudor hipotecado) en el caso de que se produzca alguna de las contingencias establecidas en el contrato del seguro, como fallecimiento o invalidez, antes de haber podido cubrir la totalidad de la deuda.

Seguros de protección de préstamos

Los seguros de protección de préstamos se suelen contratar como coberturas adicionales dentro de un seguro de amortización de préstamos o de forma totalmente independiente.

El objetivo de este tipo de seguros es que, por ejemplo ante una situación de desempleo o de incapacidad temporal, el asegurado y deudor hipotecario pueda seguir cumpliendo con las obligaciones vinculadas al préstamo hipotecario. En este caso, mientras se prolongue ese tipo de situación, la aseguradora asume el pago al banco de un número máximo de cuotas. Es decir, esta protección es temporal.

En cualquier caso, recuerda que el banco no puede obligarte a contratar seguros relacionados con una hipoteca y que es fundamental que conozcas tus derechos. Del mismo modo, y para evitar que la desinformación pueda llevarte a asumir otro tipo de condiciones injustas, es muy importante conocer exactamente tu hipoteca para saber cuáles son tus opciones.

¿Estabas al tanto de tus derechos en relación a la contratación de seguros relacionados con una hipoteca? ¿Te obligó en su día el banco a contratar con su compañía aseguradora?

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